Diario al Día, Santo Domingo- El Poder Ejecutivo ordenó la extradición de 2 ciudadanos dominicanos y 1 nacional polaco mediante decretos emitidos por la Presidencia atendiendo solicitudes formales.
La disposición quedó establecida en los decretos 69-26, 70-26 y 71-26, divulgados la noche del viernes, autorizando la entrega de los señalados a autoridades extranjeras.
Los extraditados son Luis Manuel Febles Peralta, Christian Antonio Reynoso Pérez y Szymon Tomkiel, requeridos por Estados Unidos y Polonia para procesos judiciales pendientes.
Extradición de Febles Peralta a Estados Unidos
En el caso de Febles Peralta, el decreto lo vincula a una estructura ilícita transnacional señalada por autoridades estadounidenses por actividades de sustancias ilícitas.

La solicitud internacional contra el imputado fue presentada el 27 de mayo de 2025, atribuyéndole cargos relacionados con conspiración y asociación delictiva transnacional.
También se le señala por operaciones de lavado de activos a gran escala y manejo ilícito de recursos conforme a disposiciones del Código de Estados Unidos.
Las autoridades requirentes sostienen que el señalado actuó de forma consciente e intencional, colaborando con terceros para facilitar operaciones ilícitas dirigidas hacia territorio estadounidense.
Proceso simplificado para Reynoso Pérez
Respecto a Reynoso Pérez, la extradición responde a un proceso iniciado en 2018, conocido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

La instancia fue presentada por la Procuraduría General de la República conforme a los procedimientos establecidos para casos de cooperación judicial internacional vigente.
Durante una audiencia pública celebrada el 13 de enero de 2026, el imputado aceptó el procedimiento simplificado de extradición ante las autoridades judiciales.
El señalado manifestó su consentimiento expreso para ser entregado a las autoridades judiciales de Estados Unidos para enfrentar el proceso correspondiente.
Cumplimiento de sentencia en Polonia
El ciudadano polaco Szymon Tomkiel será extraditado para cumplir una sentencia firme dictada por el Tribunal Regional de Suwalki en su país de origen.
La condena establece 2 años, 11 meses y 23 días de privación de libertad que el señalado deberá cumplir en territorio polaco conforme a derecho.
Limitaciones del procedimiento
Los decretos establecen que los extraditados solo podrán responder por los hechos que motivaron su entrega a las autoridades requirentes internacionales.
Además, se prohíbe la imposición de sanciones superiores a las permitidas por la legislación penal dominicana según los tratados bilaterales suscritos.