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Tribunal impone prisión a hombre por ocasionar pérdida de una mujer

Tribunal impone prisión a hombre por ocasionar pérdida de una mujer

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Luego de que el Ministerio Público demostrara la implicación de un hombre en la pérdida de una mujer, un tribunal de La Vega impuso una condena de 12 años de prisión y el pago de una indemnización de RD$2 millones a favor de los familiares de la afectada.

El Ministerio Público había solicitado una pena de 20 años contra Jhoan Manuel Soto Frías, quien deberá cumplir la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) El Pinito, ubicado en La Vega. En el proceso también fue enjuiciado Andrés Canela Jiménez, quien resultó absuelto por el tribunal.

El cuerpo de la mujer fue hallado el 15 de enero de 2024 a la orilla de un canal, en la calle La Reforma del distrito municipal de Junumucú, en Jima Abajo, provincia La Vega. De acuerdo con el informe judicial, la pérdida se produjo a causa de un trauma craneoencefálico severo, derivado de un hecho de carácter violento.

Según lo establecido en el expediente, el suceso ocurrió después de que la mujer fuera interceptada por dos hombres que la abordaron con la intención de proponerle un intercambio económico a cambio de compañía. Luego de trasladarla al lugar mencionado, la víctima sufrió un trauma en la cabeza y fue introducida en el canal, donde, según las investigaciones, perdió la existencia tras un episodio de compromiso respiratorio en el agua.

La fiscal titular de La Vega, Aura Luz García Martínez, calificó el hecho como una acción de violencia grave contra la mujer, lamentando la magnitud del suceso. Destacó que el Ministerio Público presentó pruebas suficientes que permitieron al tribunal dictar la condena contra uno de los responsables.

La decisión fue emitida por los jueces Martín De La Mota, Fernando Abreu y Ariella Cedano, integrantes del Segundo Tribunal Colegiado de La Vega. El órgano judicial impuso la sanción penal correspondiente, atendiendo a la solicitud del Ministerio Público, que había requerido una condena de 20 años de prisión.

El caso fue calificado jurídicamente como una infracción a los artículos 265, 266, 295, 304, 309-1 y 309-3 del Código Penal dominicano, que contemplan sanciones por asociación para cometer la pérdida de una persona y por ejercer violencia agravada por razones de género.

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