Con las declaraciones llevadas a cabo por la fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, mencionando que el deceso del animador deportivo, Manuel Duncan, debería ser calificado como homicidio y no como asesinato, los reclamos sobre cuál debería ser la calificación jurídica han dominado la palestra pública.

Según lo que instituye el Código Penal Dominicano, en su artículo 295, el que “voluntariamente mata a otro, se hace reo de homicidio”. En lo que señala el 296 se indica que una vez que este es cometido con premeditación o acechanza, se cataloga asesinato.

“La premeditación se basa en el designio formado anterior a la acción, de atentar contra la persona de un sujeto determinado. O contra la de aquel a quien se halle o encuentre, aunque aquel designio dependa de alguna situación o condición.

La acechanza se basa en aguardar, más o menos tiempo, en uno o varios sitios, a cualquier persona, para darle muerte. O de ejercer contra él actos de violencia, rezan los próximos 2 artículos.

El código señala que el asesinato se castiga con la sentencia máxima de 30 años de prisión y el homicidio podría ser hasta 20.

El Código Penal tiene la tipificación de homicidio voluntario e involuntario

El juez de la segunda sala penal de la corte de apelación del Distrito Nacional, Teófilo Andújar Sánchez, explica en un escrito que el Código Penal tiene la tipificación de homicidio voluntario e involuntario.

El homicidio intencional o involuntario, será aquel que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos comete homicidio involuntario, mejor dicho causa involuntaria de él.

A esta clase penal se le identifica en otras legislaciones comparadas como homicidio culposo. Continuamente este ilícito va a ser el efecto directo de una reacción imprudente y en el mejor de los casos torpe. En la cual el agente accionante actúa torpemente inobservando métodos o protocolos en el funcionamiento de sus ocupaciones.

Ejemplificando un militar, policía o portador de un arma de fuego que la limpia o manipula en presencia de una o muchas personas”, muestra el juez.

El Código Penal, igualmente, dispone que el homicidio se agrava por numerosas situaciones y que las mismas son condenadas con 30 años.

Otros tipos de homicidios

Los otros homicidios agravados son el infanticidio, que involucra matar a un niño recién nacido, doctrinalmente hasta 72 horas de nacido. Parricidio, que es dar muerte voluntaria a su papá, mamá, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, hasta el cuarto nivel de afinidad.

También, el envenenamiento. El envenenamiento se tipifica por el hecho de atentar contra la vida de una persona, cometido mediante sustancias que logren producir la muerte con más o menos prontitud. Sea cual fuere la forma de administrar esas sustancias.

Además, está el homicidio precedido, acompañado o seguido de otro crimen, el cual se verifica una vez que el autor, hurta y luego mata. O, hurta y mata simultáneamente, y una vez que mata y después hurta.

Otro escenario va a ser una vez que el agente viola y luego mata, o la situación en la cual viola y mata de forma concomitante.

El comunicador dominicano Manuel Duncan falleció la madrugada del viernes a manos de Félix Alburquerque Comprés, vicealmirante retirado y exdirector de la Dirección Nacional de Control de Drogas.

El Ministerio Público ha pedido que se le imponga prisión preventiva y ha calificado el deceso como un homicidio. Postura que rechaza el núcleo familiar de la víctima, alegando que por la persecución que se produjo se debe tener en cuenta la figura del asesinato.

Fuente: Listín Diario